Cambios en el Código Penal que afectan a la Oficina de Farmacia

Cambios en el Código Penal que afectan a la Oficina de Farmacia

La Oficina de Farmacia, como cualquier empresa, debe respetar la legislación aplicable al funcionamiento de éstas. Por ello se ve afectada por la reforma del Código Penal que entró en vigor hace casi un año (Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal).

Tal como explica Alejandro Touriño en #OFAcademia, esta ley orgánica apunta a que aquellas que no adopten las medidas necesarias para que en su seno no se cometan delitos pueden ser objeto de sanciones económicas o de penas como la imposibilidad de contratar con la administración pública o la disolución definitiva de la empresa.

Algunos de los delitos por los que se atribuye responsabilidad legal a las personas jurídicas, y por tanto a las farmacias, son los relacionados con la estafa o con la propiedad intelectual y aquellos cometidos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, entre otros.

En lo que afecta más directamente al sector farmacéutico, la nueva regulación hace referencia a las penas y decomiso de sustancias, materiales y equipos en delitos relacionados con estupefacientes, drogas tóxicas y psicotrópicos. Para evitar incurrir en delitos de este tipo, es importante recordar las obligaciones de los profesionales de la farmaciareguladas en la normativa del sector y que subrayan el sometimiento de dichas sustancias “a restricciones derivadas de las obligaciones adquiridas ante la Organización de Naciones Unidas en la lucha contra el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas” (Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios).

En este tema especialmente sensible, la farmacia debe velar por una correcta dispensación de este tipo de sustancias y cumplir una serie de requisitos de control (como el registro de la persona que dispensa y la anotación en el Libro de Estupefacientes y Psicótropos).

Como responsable de un establecimiento sanitario, el farmacéutico es susceptible de estar sometido a un buen número de responsabilidades penales y de responsabilidades en material de salud y uso de medicamentos, además de tener el deber de regirse por el Código Deontológico que establecen los colegios profesionales.

Para garantizar un buen ejercicio de la profesión es esencial que los farmacéuticos conozcan la legislación y normas que les afectan, a menudo complejas y cambiantes. Para estar al día, te invitamos a seguir los consejos de nuestros expertos en materia legal en #OFAcademia.

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